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lunes, 24 de febrero de 2014

¿EN QUÉ CASOS SE DEBE CONVOCAR AL MISMO SUPLENTE QUE SE DESEMPEÑÓ HASTA QUE SE PRODUJO EL CESE POR REINTEGRO DEL TITULAR O PROVISIONAL?

SECRETARÍA DE ASUNTOS DOCENTES recuerda que el Director DEBE convocar al mismo suplente que se desempeñó hasta que se produjo su cese por reintegro del titular o provisional, siempre que el cese se produzca luego del cierre del ciclo lectivo 2013 y el titular o provisional RENUEVE su licencia hasta el día de inicio del ciclo lectivo 2014. 

Ejemplos 

Corresponde convocar al mismo suplente: 

Cese: 23/12/13 - Licencia del Titular: 25/2/14
Cese: 31/12/13 - Licencia del Titular: 5/3/14 (Primaria-Inicial)
Cese: 12/2/14 - Licencia del Titular: 10/3/14 (Secundaria)

No corresponde convocar al mismo suplente:

Cese: 27/12/13 - Jubilación del Titular: 1/3/14
Cese: 31/12/13 - Renuncia del Titular: 27/2/14
Cese: 31/12/13 - Licencia del Titular: 6/3/14 (inicial-Primaria)

Para convocar al mismo suplente debe haber RENOVACIÓN de licencia, cualquiera sea el artículo. Esta debe ser mayor a 5 días, ya que por menos días no se cubre con suplentes.

Asimismo, se reitera que no todas las licencias que se toman durante el período de receso permiten hacer uso de la licencia anual (vacaciones) al término de ella.

Prof. Luis Alberto DISTEFANO
Secretario de Asuntos Docentes Distrital

MAR DEL PLATA

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